El TSJ critica que la Comunidad fije el tributo por venta de casas sin visitarlas

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El tribunal recalca que para gravar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales se puede exigir un examen individual del inmueble

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha dicho en una sentencia que «no entiende» cómo los funcionarios de la Comunidad Autónoma pueden valorar una casa para liquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales sin visitarla. La reflexión se recoge en una sentencia en la que la Sala estima el recurso presentado por un contribuyente y anula una liquidación por el citado impuesto que ascendía a casi 5.700 euros.

En su recurso, el demandante alegó que la Administración no había motivado suficientemente la valoración asignada a la finca, además de que el funcionario correspondiente la fijó sin visitarla físicamente, «por lo que no pudo apreciar su estado de conservación y sus posibilidades económicas». El TSJ reitera la jurisprudencia mantenida a lo largo de los años y afirma que «es exigible que el funcionario que realiza la valoración tenga la titulación adecuada y examine de forma individual y concreta las fincas en cuestión».

«Solamente de esa forma», añade la resolución, «puede valorarlas aplicando el precio de mercado correcto, así como los coeficientes correctores que sean procedentes en función de las circunstancias de toda índole que concurran en las mismas». La Sala afirma «no entiende cómo se pude valorar una edificación que se utiliza como vivienda, sin visitarla y examinarla previamente con el fin de comprobar sus circunstancias y así poder aplicar de forma correcta tanto el precio medio como los índices correctores».

La Verdad.

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