Un juez condena a la Comunidad a indemnizar a una constructora por anular un concurso
La Comunidad Autónoma deberá indemnizar con 26.140 euros a una empresa a la que se adjudicó un concurso que fue después anulado al descubrirse un error en la convocatoria, según la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
La resolución indica que la Consejería de Educación, por orden de diciembre de 2009, estimó el recurso presentado por la empresa Construcciones Villastor, S.L., a la que le fueron adjudicadas provisionalmente las obras de ampliación de un instituto de Llano de Brujas y declaró anulable y dejó sin efecto esa adjudicación.
En su recurso, la demandante señalaba que tras la adjudicación provisional observó que en el contrato de obras figuraban partidas que no constaban en el proyecto publicado, por lo que pedía mantener una entrevista con los responsables para aclarar la situación. La respuesta de la administración fue la de dejar sin efecto la adjudicación provisional «por haber existido un error administrativo en el procedimiento debido a la incorrecta documentación que se envió a la copistería y que se entregó a los licitadores».
Ahora, el TSJ indica que la Comunidad lo que debió hacer fue acudir a la declaración de lesividad y a la posterior impugnación de la adjudicación provisional.
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