Discrepancias entre vecinos bloquean la reconstrucción de hasta 42 edificios

 In Noticias

Los problemas burocráticos y documentales también están retrasando los proyectos de obras 

Las discrepancias entre vecinos de una misma comunidad de propietarios y los problemas de carácter burocrático o documental mantienen bloqueados los procesos de reconstrucción de 42 edificios colectivos que fueron derribados a consecuencia de los terremotos del año pasado, según explicó ayer la concejal de Gestión de la Recuperación tras los Terremotos, Saturnina Martínez.
Martínez no especificó cuáles eran las comunidades de propietarios que están afectadas por estos problemas, aunque la mayoría de ellas se encuentran en la zona de La Viña, que fue el barrio más afectado por los seísmos como se puede apreciar por la cantidad de solares existentes fruto de los derribos de edificios con graves daños estructurales.
La edil señaló que dos de estas comunidades de vecinos se han dirigido ya a su departamento para que sea el consistorio el que medie en el conflicto de intereses y se pueda desbloquear el proceso de reconstrucción de sus edificios.
Una de las vías de intervención frente a las denominadas «minorías de bloqueo» es la aplicación de la ley de Reedificación por Sustitución Forzosa para la urgente reconstrucción de Lorca, que entró en vigor el pasado julio, pero a la que aún no se ha recurrido. Esta ley permite romper esas minorías que posibilitan que uno o varios propietarios de un inmueble derribado impidan la reedificación. Antes de esta norma se exigía unanimidad comunal.
El Ayuntamiento está habilitado para la edificación mediante el mecanismo de «expropiación forzosa por urgente ocupación, por causa del incumplimiento de la función social de la propiedad» o mediante la herramienta jurídica de «sustitución forzosa» que regula de forma expresa esta norma autonómica.
La ley parte de la obligación de los copropietarios de un inmueble de solicitar licencia de obras en el plazo de los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la misma, siempre que hayan transcurrido dos meses también desde la concesión de la ayuda a la reconstrucción prevista en el Real Decreto-ley 6/2011.
La normativa autonómica establece todos los procedimientos posibles para que la reconstrucción de los inmuebles no se dilate en el tiempo por culpa de la postura de alguno de los propietarios.

La Verdad.

Recent Posts